Cómo demostrar la propiedad de un inmueble en caso de desastre

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Ante la pérdida del patrimonio de ciudadanos del país debido a los sismos del 7 y 19 de septiembre, aquí una serie de recomendaciones para demostrar la propiedad de su inmueble

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Imagen: Tepalcingo, Morelos /Everlin Millán

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Ciudad de México (N22/Redacción).- Muchas personas perdieron su vivienda debido a los sismos que sacudieron a la ciudad y a diferentes estados del país el 7 y el 19 de septiembre. Debido a la premura y al miedo que se vive en un momento como ése, pocos o casi nadie logra sacar de sus casas los documentos que acrediten la propiedad del inmueble, es por ello que les damos a conocer los pasos a seguir para demostrarla, estos fueron dados a conocer por el Colegio Nacional del Notariado Mexicano:

  1. Si tu propiedad está escriturada, puedes recuperar las escrituras con el notario que realizó el trámite, si éste fue hecho hace no más de cinco años como regla general. En caso de que haya transcurrido más tiempo deberás acudir al Archivo de Notarías o al Registro Público de la Propiedad de tu localidad o estado. Contar con el nombre y número del notario ante el que se realizaron, número y fecha del instrumento público facilitará la búsqueda.

En caso de que tu propiedad esté hipotecada, el banco o la institución de vivienda contará con esta información clave que te permitirá recuperar tu escritura. Es importante señalar que toda propiedad que cuente con un crédito hipotecario está asegurada en caso de siniestros por pérdida total o parcial.

Las boletas prediales también son susceptibles de recuperación en las Tesorerías u oficinas catastrales de tu localidad.

  1. Si tu propiedad no está escriturada, deberás acudir a un notario para que te brinde asesoría sobre los pasos a seguir. Es posible apoyarse en el plano del padrón catastral, licencias de construcción y alineamientos de numeración para entablar un juicio que permitirá probar la propiedad del inmueble, así como otorgar y firmar la escritura.

Si tu propiedad no ha sufrido daños pero no la has escriturado, te recomendamos regularizarla lo antes posible, siguiendo las siguientes recomendaciones:

Acudir con un notario para que éste compruebe aspectos básicos del inmueble, por ejemplo:

-A nombre de quién está inscrito en el Registro Público de la Propiedad

-Que no exista un juicio sucesorio

-Que la propiedad no tenga una hipoteca

-Que la propiedad tenga una situación fiscal regular

-Que ambas partes tengan forma de acreditar la forma de pago

También, de acuerdo al comunicado emitido por el Colegio Nacional del Notariado, “en algunas ocasiones, los códigos civiles permiten la demostración de propiedad a través de un contrato privado, cuyas firmas hayan sido ratificadas ante algún fedatario o alguna autoridad administrativa, que esté inscrito también en el Registro Público de la Propiedad.”

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