Ilegal restringir uso del baño a personas transgénero, en Japón

Redacción/CDMX

La Corte Suprema de Japón promulgó que era ilegal exigir que una persona transgénero use ciertos baños, en su primer fallo sobre los derechos de las personas LGBTQ en el lugar de trabajo.

El caso involucró a una empleada del Ministerio de Comercio.

La mujer es transgénero, (según documentos sobre el fallo publicados por la Corte Suprema de Japón).

La demandante había solicitado permiso para usar los baños de mujeres después de identificarse como mujer, pero solo se le permitió usar los baños al menos a dos pisos de distancia.

En 2015, se presentó una demanda contra el gobierno, luego de que las autoridades negaran sus solicitudes para mejorar la situación, según la emisora ​​local NHK.

En los últimos meses, Japón se ha enfrentado al escrutinio por su falta de interés en la protección para las minorías sexuales y de género.

En su fallo, el Tribunal Supremo de Japón dijo que las restricciones de los baños ponen a la mujer en desventaja a diario al obligarla a usar los baños de hombres o los baños de mujeres que están más lejos.

Japón aprobó el mes pasado un proyecto de ley que promueve la comprensión LGBTQ que busca evitar la discriminación.

Sin embargo, la nueva ley solo desalentó la discriminación “injusta” y los grupos activistas la han denunciado como un revés para la comunidad LGBTQ.

Según una encuesta realizada en noviembre pasado por el fabricante japonés de artículos para la vivienda Lixil Corp. y otros, más del 40% de las personas que dijeron identificarse como transgénero, mencionaron que les gustaría usar baños neutrales (en cuanto al género), en lugares públicos y el oficinas.

En esa misma encuesta, casi un 70% de personas que se identifican como cisgénero, dijeron que no tenían reparos en que personas transgénero usaran baños que coincidieran en su identidad de género.

(Con información de TIME)