La ley tiene por objetivo garantizar y evitar la discriminación ejercida contra las personas de este colectivo
Redacción / Ciudad de México
El 7 de julio de 2021 el Congreso de la Ciudad de México, con 45 votos a favor, 1 en contra y 0 abstenciones, aprobó el dictamen por el que se expide la Ley para el Reconocimiento y la Atención de las Personas LGBTTTI de la capital.
La ley contiene una perspectiva integral del bienestar de las personas LGBTTTI de todas las edades, con prioridad en las identidades trans e intersexuales, que viven una mayor discriminación.
Además, reconoce la diversidad sexual y de género, el derecho al trato digno y sin discriminación en los servicios de salud públicos y privados, a la educación, al trabajo, a la salud, a la cultura, a la certeza jurídica y la participación política, entre otros
Al presentar el dictamen, el diputado, Temístocles Villanueva, dijo que «lo que se busca es asegurar a las personas que pertenecen a la población Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Transgénero, Travesti e Intersexual sus derechos a la integridad y la seguridad personales; a la certeza jurídica y el acceso a la justicia; a la salud, a la educación, al trabajo y garantías laborales; a la participación, la igualdad y la no discriminación; así como garantizar sus derechos sexuales y reproductivos; sus derechos culturales, entre otros».
Villanueva señaló que, al aprobar esta Ley, se ha dado un paso muy importante desde el legislativo local, ya que el proyecto contiene un mandato para la elaboración de «políticas públicas y acciones transversales tendientes a garantizar una mejor calidad de vida de las personas LGBTTTI, además del reconocimiento del derecho a la autoadscripción y la existencia jurídica».
Por otra parte, reconoció que sigue siendo tema pendiente el atender la violencia y los crímenes de odio en contra de esta población, por lo que mencionó que se buscará «institucionalizar y transversalizar los resultados que la Fiscalia Especializada en delitos contra la población LGBTTTI, a fin de contar con instrumentos más certeros en la lucha contra los crímenes de odio».
El decreto cuenta con 43 artículos y 12 transitorios y se aplicará de manera supletoria en los siguientes ordenamientos: Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, Ley de Salud del Distrito Federal; la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.
Además de los Códigos Civil y Penal para el Distrito Federal, Ley de Acceso a las Mujeres a una vida Libre de Violencia; Ley de Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México y demás ordenamientos aplicables.
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